Preguntas frecuentes sobre discapacidad

La Ley de Acceso de Transportistas Aéreos (Título 14 del CFR, Parte 382) es el conjunto de regulaciones que establece los requisitos mínimos que las aerolíneas deben seguir para prestar servicios a los pasajeros con discapacidades. En resumen, la ACAA es la ley de derechos civiles aprobada por el Congreso para pasajeros aéreos en los Estados Unidos.

No. Los aeropuertos no están obligados a ofrecer servicio de sillas de ruedas a personas con discapacidades. 

El Aeropuerto Internacional de Ontario no ofrece asistencia para sillas de ruedas. Sin embargo, las aerolíneas que operan fuera del Aeropuerto Internacional de Ontario están obligadas a ofrecer asistencia para sillas de ruedas a sus clientes con discapacidades.

El aeropuerto no ofrece servicio de sillas de ruedas ni contrata personal de asistencia para sillas de ruedas. Las aerolíneas son responsables de ofrecer servicio de sillas de ruedas a sus clientes. Las aerolíneas utilizan sus propios empleados o contratan a compañías que ofrecen asistencia para sillas de ruedas en nombre de las aerolíneas individuales. La contratación de compañías de servicio de sillas de ruedas es responsabilidad de cada aerolínea que opera en el aeropuerto.

La ACAA asigna la responsabilidad del servicio de sillas de ruedas a cada aerolínea. En el Aeropuerto Internacional Ontario, cada aerolínea contrata a su propio proveedor de servicio de sillas de ruedas. Por lo tanto, puede haber más de una compañía de sillas de ruedas trabajando en una terminal; cada compañía de sillas de ruedas representa a diferentes aerolíneas.

El aeropuerto alienta enfáticamente a las personas con discapacidades a planificar su viaje con tiempo y a hacer pedidos de sillas de ruedas y otras solicitudes de discapacidad a su aerolínea con antelación. Se recomienda que las personas con discapacidades soliciten su silla de ruedas al momento de hacer sus reservas. La mayoría de los sitios web de las aerolíneas permiten realizar solicitudes de adaptaciones especiales en línea. Si esto no está disponible, llame al número de reservas de la aerolínea para hacer la solicitud.

Según las regulaciones federales, las solicitudes de servicio de sillas de ruedas son gratuitas. La aerolínea ofrece el servicio de sillas de ruedas sin cargo.

Sí. Las aerolíneas deben ayudar a los pasajeros que no puedan llevar su equipaje debido a una discapacidad a transportar su equipaje de mano o su equipaje registrado en la puerta de embarque. Una aerolínea puede solicitar la garantía verbal creíble de que un pasajero no puede cargar el equipaje en cuestión. Si un pasajero no puede presentar una garantía creíble, usted puede solicitarle al pasajero que presente documentación como condición para prestar este servicio. Título 14 del CFR, Parte 382.91(d)

Si viaja con un solo boleto, solo tiene que hacer la solicitud inicial de servicio de sillas de ruedas. La solicitud de servicio de sillas de ruedas le seguirá durante todo su viaje (ida y vuelta a su destino original). Si tiene boletos separados con diferentes aerolíneas (no con aerolíneas de código compartido), deberá solicitar el servicio de sillas de ruedas a cada aerolínea.

Si tiene una discapacidad y cree que puede tener dificultades para pasar por el control de seguridad, puede solicitar una evaluación especial a la TSA (Administración de Seguridad en el Transporte). Este servicio se llama TSA Cares, es gratuito y requiere programación previa. Para coordinar una evaluación especial, llame al (855) 787‑2227 al menos tres días antes de su fecha de partida programada para coordinar la evaluación. Para más información, visite TSA.gov.

No. Simplemente dígale al asistente el tipo de asistencia que necesita para llegar a la puerta.